ENMIENDA Nº: 1
PROPONEMOS COMENZAR DICHO PREÁMBULO a partir del tercer párrafo con los añadidos que aparecen en negrilla. Esto es:
Los presentes Estatutos nacen jurídicamente, no sólo como una adaptación a la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modificó la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, sino también como un instrumento nuevo igualmente adaptado a las necesidades actuales de la Universidad de La Laguna.
El conocimiento es un bien universal y la Universidad de La Laguna, a través de estos Estatutos, reconoce sus componentes de profundización, rigor, complejidad, progreso y libertad.
Los objetivos fundamentales que han estado presentes en la elaboración de estos Estatutos son los recogidos en su Plan Estratégico, como son la búsqueda de la modernización en todas sus actividades la adecuación de una organización más flexible que se adapte a los cambios del entorno, la mejora de la calidad docente, así como del rendimiento académico del alumnado y de los servicios de gestión, potenciando la proyección externa de las actividades de docentes e investigadoras con el objetivo de que sea reconocida como un centro de referencia en investigación y la adaptando las actividades de docencia, de investigación y de gestión al Espacio Europeo de Educación Superior.
Los presentes Estatutos deben entenderse como la contribución de la Universidad de La Laguna al bienestar de los ciudadanos a través de la actuación de todos sus miembros, buscando la calidad de sus servicios, el rigor científico y profesional, el compromiso honesto y responsable a través del trabajo y la defensa de la tolerancia y del espíritu crítico.
En definitiva, este nuevo marco estatutario se ha adaptado para un mejor cumplimiento de las misiones fundamentales de la Universidad, como son la creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia,
de la técnica y de la cultura; la preparación para el ejercicio de actividades profesionales que exijan la aplicación de conocimientos y métodos científicos y para la creación artística; la difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento al servicio de la cultura, de la calidad de la vida, y del desarrollo económico y la difusión del conocimiento y la cultura a través de la extensión universitaria y la formación a los largo de toda la vida. Estas misiones se desarrollarán principalmente en el Archipiélago Canario como entorno más próximo y rindiendo cuentas de su gestión a la sociedad canaria en consonancia con el proyecto común del EEES.
ENMIENDA Nº: 2
DONDE DICE: Fomentar la defensa de los valores sociales y cívicos y, en particular, la libertad, la igualdad, la solidaridad, la tolerancia y el espíritu crítico.
PROPONEMOS que diga (en negrilla): Fomentar la defensa de los valores sociales y cívicos y, en particular, la libertad, la igualdad, la solidaridad, la tolerancia, la paz, el respeto al medio ambiente y el espíritu crítico.
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